POLÍTICA
/ MINERÍA
Un fallo sobre la ley 7722 reabrió el debate por la minería
en Mendoza
La Corte Suprema de Justicia la
Nación declaró inconstitucional parcialmente una frase del artículo 1 porque no
determina claramente cuáles son las sustancias prohibidas, además del mercurio,
cianuro y ácido sulfúrico, pero el resto de la ley quedó constitucional. Para
empresarios mineros, con este fallo “no cambia nada”. Enojo de ambientalistas.
Domingo, 31 de octubre de 2021
06:00 hs
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró parcialmente inconstitucional la famosa y controvertida ley 7.722, por una frase de uno de sus artículos que hace referencia a la prohibición de sustancias tóxicas en términos indeterminados, lo que abrió nuevamente la polémica sobre la norma que regula la actividad minera en la provincia. Para los sectores ambientalistas se trata de un “guiño judicial” a las mineras y se mostraron en estado de alerta y movilización, pese a que la Justicia declaró constitucional todo el resto de la ley. En tanto, para empresarios del sector minero, Una de las marchas contra la reforma de la ley 7.722 en 2019.
“no cambia” la situación actual
de la minería en la provincia, aunque ven un avance relativo para el proyecto
San Jorge en Uspallata (extracción de cobre y oro), y remarcaron que la ley
“espanta a la inversión, aunque los proyectos cumplan con la normativa legal”
de Mendoza.
El fallo del máximo tribunal de
Justicia provino de un recurso extraordinario federal que había presentado en
2015 la minera San Jorge, contra la constitucionalidad de la 7.722 que surgió
de un fallo plenario de la Suprema Corte de Mendoza.
En esta sentencia, la Corte
nacional definió que la ley es constitucional, salvo una frase que está en el
artículo 1, que hace referencia a la prohibición de sustancias tóxicas. Si bien
se nombra al mercurio, cianuro y ácido sulfúrico como prohibidas, la frase
inconstitucional es posterior, cuando marca también la prohibición del uso de
“otras sustancias tóxicas similares”.
El ministro de la Corte Carlos
Rosenkrantz advirtió que la ley, “al prohibir en los procesos mineros
metalíferos el empleo de ‘otras sustancias tóxicas similares’, se aparta del
principio de legalidad” e indicó que en este aspecto “la ley adolece de una gran
indeterminación”.
“La Corte ha expresado que el
art. 19 de la Ley Fundamental exige que las normas incluidas dentro de la
juridicidad tengan el mayor grado de previsión y previsibilidad posible a fin
de que cumplan con el estándar de claridad que es exigible para que los sujetos
puedan ajustar sus respectivas conductas”, expresó el magistrado en la
sentencia firmada por el resto de los jueces de la Corte Suprema.
De acuerdo al fallo, más allá de
esta frase inconstitucional, la Corte nacional declaró constitucional el resto
del texto de la ley, tanto de la prohibición del uso de sustancias como
mercurio, cianuro y ácido sulfúrico para la actividad minera, así como también
la obligatoriedad de que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) deba ser
ratificada y aprobada por la Legislatura.
Este punto ha sido uno de los más
resistidos por los empresarios mineros, teniendo en cuenta que aseguran que “se
politiza un estudio técnico” en el recinto del Poder Legislativo.
EFECTOS
Lo que está en discusión en este
momento es si este fallo de la Justicia cambia en algo el panorama provincial
de la actividad minera.
Desde la Justicia local, hay
quienes consideraron que la sentencia “no tiene ningún efecto en Mendoza”, ya
que la ley “queda vigente y si algunos quisieran invocar otras sustancias para
prohibir la minería sería inconstitucional. La actividad minera puede ejercerse
sin uso de esas tres sustancias”.
No obstante, aventuraron que “con
este fallo se puede reimpulsar la rediscusión de la ley”. Sin embargo, el gobierno
de Rodolfo Suárez ha dicho en varias ocasiones que este tema está cerrado en su
gestión.
Según explicó el abogado
especialista en derecho de aguas Santiago Ruiz, la Corte “declaró parcialmente
la inconstitucionalidad, pero en su gran mayoría consagra su
constitucionalidad”.
El letrado sostuvo que el
Tribunal “hizo suyos los argumentos de la Procuración de la Corte que se habían
emitido tiempo atrás respecto a los planteos de la minera San Jorge y que los
había rechazado”.
Pero marcó que “en lo único que
no es constitucional es en parte del artículo 1″. En tanto, ratificó que los
procedimientos, el texto del articulado, la ratificación de la DIA por parte de
la Legislatura fueron avalados; mientras que los argumentos de San Jorge fueron
rechazados: “En consecuencia, la ley es constitucional”.
EMPRESARIOS ASEGURARON QUE EL
PANORAMA MINERO NO CAMBIA CON EL FALLO
Por el lado de la Cámara
Mendocina de Empresarios Mineros (Camem), dijeron a Los Andes que están
estudiando el fallo y que no darán declaraciones oficiales hasta tanto tener
una visión unificada entre quienes integran el organismo.
No obstante, la primera visión de
los empresarios del sector no es positiva, ya que relativizaron el fallo de la
Corte, al indicar que “no cambia demasiado más allá de lo fuerte que puede ser
desde lo comunicacional que se haya ‘tocado’ la ley”.
Además sugirieron que el fallo
“sólo beneficia a quien lo solicitó”, es decir a San Jorge, teniendo en cuenta
que en el proyecto -hoy trunco- se utilizaría el xantato para la flotación
(separación de los minerales).
No obstante, el “beneficio” para
la minera no está tan claro, ya que persiste, como ya se mencionó, la necesidad
de que la Legislatura deba aprobar la DIA. “Ahí es donde está la traba. Eso es
lo que espanta a la inversión porque se presiona política y socialmente y por
más que el proyecto sea técnicamente impecable lo bloquean”, marcaron.
En tanto, Mariano Guizzo,
presidente de Asinmet, sostuvo que en la cámara han sido “respetuosos siempre
de la 7.722 y de cualquier ley que dé un marco jurídico a las actividades
económicas”, pero reclamó por la nula cantidad de proyectos que se han
establecido en Mendoza desde la aplicación de la ley en 2007.
En medio del almuerzo que se dio
ayer por los 77 años de la entidad, sugirió que los mendocinos “nos tenemos que
dar una discusión como sociedad, porque hoy habría proyectos que bajo esta
misma ley podrían estar funcionando y no lo hacen; y eso es porque no hay
seguridad jurídica y económica para que vengan las inversiones y funcionen los
proyectos bajo esta misma ley”.
AMBIENTALISTAS EN PIE DE GUERRA
Mientras tanto, sectores
ambientalistas de la provincia se manifestaron en contra del fallo de la Corte
Suprema sobre la 7722, llamada también por ellos “Guardiana del Agua”. Mediante
un comunicado lanzado ayer por parte de las Asambleas Mendocinas por el Agua
Pura (Ampap), sostuvieron que “la megaminería no tiene licencia social” y se
declararon “en estado de alerta y movilización”.
“Este fallo facilita la
explotación de proyectos mineros que utilicen otras sustancias también muy
contaminantes y dañinas para la salud, como xantato, poliacrilamida y otras”,
expresaron en el documento, en el cual también convocaron a la ciudadanía “a
regresar a las calles para defender nuestra agua”.
Para la Ampap, la derrota
jurídica que se dio en 2015 con la constitucionalidad de la 7722 “fue
compensada con la decisión política de la Corte nacional de favorecer parte del
reclamo de Minera San Jorge”, pero además aseguraron que se da en un contexto político
en el cual tanto el gobernador Suárez, como el presidente Alberto Fernández,
“pretenden impulsar la megaminería y el fracking en Mendoza”.
“Las asambleas no olvidamos que
en 2019 las cúpulas del PJ y la UCR acordaron derogar la ley 7722 traicionando
al pueblo mendocino. El Frente de Todos y Cambiemos son socios estratégicos del
lobby empresarial mega minero, y no hay grietas en su intento conjunto de
imponer contaminación y saqueo de nuestros bienes comunes”, acotaron.
En este sentido, consideraron que
la sentencia es un “guiño judicial” al poder político y económico, y apuntaron
contra San Jorge, “la principal beneficiaria inmediata”, ya que “le facilita
reimpulsar su proyecto en el valle de Uspallata, con una técnica similar a la
de Minera Alumbrera en Catamarca. Si diera lugar a esa pretensión, el gobierno
provincial será responsable de la conflictividad social en torno a un proyecto
que desde sus inicios no tuvo licencia social”.
Finalmente, acusaron a los medios
de comunicación de “celebrar el fallo judicial con el objetivo de confundir”, y
que también “pretenden deslegitimar la ley 7222″. Si bien se manifestaron en
estado de alerta, aún no confirmaron fecha para alguna movilización o actividad
en repudio a la sentencia.
QUÉ DICE EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 7722
Artículo 1. A los efectos de
garantizar debidamente los recursos naturales con especial énfasis en la tutela
del recurso hídrico, se prohibe en el territorio de la Provincia de Mendoza, el
uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras
sustancias tóxicas similares en los procesos mineros metalíferos de cateo,
prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales
metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo. (NdR: en
negrita, la frase inconstitucional)
ECONOMÍA / MINERÍA
El banco suizo UBS buscará inversores para Potasio Río
Colorado
Martes, 9 de noviembre de 2021
El Gobierno de Mendoza seleccionó al banco suizo UBS para que
se ocupe de buscar y elegir interesados en asociarse o comprar el yacimiento
Potasio Río Colorado. El proceso tardaría unos 18 meses a partir de ahora y
contemplaría de proyectos chicos a inversiones de gran escala. Cabe recordar,
que en una etapa del proceso de búsqueda de inversores para la mina Potasio Río
El predio que dejó la minera
Vale tiene una superficie de 80.000 hectáreas.
Colorado, el Gobierno provincial mantuvo contacto con
diversas empresas internacionales y les consultó sobre qué mecanismos
utilizaban para definir su participación en este tipo de operaciones. Así
surgió que la opción más conveniente para Mendoza era recurrir a un banco de
inversiones. En setiembre se llamó a licitación para contratar una entidad y la
semana pasada se adjudicó a la firma suiza UBS.
El gerente de la empresa estatal PRC SA, Emilio Guiñazú,
resaltó que, a diferencia de un agente financiero, un banco de inversión se
dedica a armar proyectos y buscar inversores. “Estas entidades analizan la
información, la organizan y elaboran modelos financieros siguiendo metodologías
internacionales en las que los potenciales inversores confían”, detalló. Es
decir, que se trata de una especie de intermediario que le agrega valor al
proceso, no sólo porque ajusta el proyecto a determinados estándares, sino
porque, por el solo hecho de su participación, brindan una garantía.
Reunión bilateral.
Mendoza está a las puertas de un papelón diplomático por un
crédito saudí
Por esta razón, el Gobierno provincial se mostró satisfecho
cuando se presentaron al concurso público dos firmas reconocidas: el banco
suizo UBS y la consultora Deloitte. En cuanto a la elección del primero,
Guiñazú detalló que la propuesta era más conveniente y se adaptaba mejor a los
requerimientos, además de que ya proponía un proceso de trabajo con el que están
conformes y que consideraron positivos los antecedentes de los profesionales
que van a participar del proceso.
Sobre los requisitos, buscaban consultoras que no sólo
tuvieran experiencias en el rubro minero, sino también en trabajar en el país.
Es que desde el Ejecutivo provincial entienden que una operación de esta
importancia puede verse obstaculizada por la política económica del gobierno
nacional, por la incertidumbre en torno al manejo de divisas y por una eventual
repatriación de dividendos. Además, reconocen que se trata de inversiones de
largo plazo en las que lo coyuntural puede no resultar determinante.
CÓMO SIGUE EL PROCESO
Guiñazú detalló que, en paralelo a lanzar este concurso
público, se ha avanzado en la preparación de la información. Es que la
brasilera Vale dejó documentación, pero no estaba organizada para ser analizada
por un inversor. El próximo paso será reunirse con el banco suizo para diseñar
el proceso de búsqueda, en el que estarían algunas de las empresas con las que
ya se ha mantenido contacto -incluso la estatal china que se había mostrado muy
interesada en la explotación un tiempo atrás- y las que proponga la entidad.
El contrato es bajo la modalidad “success fee”. Es decir que
UBS sólo cobrará un porcentaje de la operación cuando se concrete- establece un
período de 18 meses para reunir la información, prepararla y diseñar los
modelos financieros. Luego, llegará el momento de los “road shows”, que refiere
a la presentación del proyecto, que podría incluir la participación en ferias
internacionales, viajes e invitaciones a potenciales inversores para que
conozcan la mina. Finalmente, se hará la recepción de propuestas preliminares,
la clasificación de las mismas y la selección. Es decir que, si todo se da como
se ha planteado, a mediados de 2023 podría haberse elegido un concesionario
para Potasio Río Colorado.
La inversión que realice la empresa que explote el yacimiento
de sales de potasio ubicado en Malargüe dependerá del tipo de proyecto que
proponga desarrollar. Si bien se trata de un yacimiento muy importante, se
puede optar por una explotación como la que había planificado Vale, con una
extracción de unas 5 millones de toneladas anuales del mineral con destino a la
exportación a mercados internacionales, o por algo de mejor tamaño. Una opción,
es una inversión intermedia, que busque la explotación de 1 a 1,5 millones de
toneladas por año -que no requeriría del tendido ferroviario- y que apuntaría
al mercado nacional y de países limítrofes como Uruguay, Paraguay y Brasil, que
hoy importan. Incluso podría llegar una inversión “pequeña”, que busque extraer
de 200 a 300 toneladas, para clientes argentinos, ya que en el país se importa
el 100% de lo que se utiliza; unas 100 mil toneladas anuales.
Ley de Minería en Mendoza: qué se reclama y qué puede pasar
El viernes fue aprobada la norma en la Legislatura y ayer
comenzó la movilización en la provincia,
que tuvo el epicentro en la Casa de Gobierno, esta mañana. Cuáles son los
reclamos y qué puede pasar con la ley.
Ley de Minería en Mendoza: qué se reclama y qué puede pasar
Actualizado el 23/12/2019
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La ley 7722 rige en Mendoza desde 2007 y regula la actividad
minera. Para favorecer la explotación de los recursos, el gobernador Rodolfo
Suárez prometió en campaña una modificación, y así lo hizo. Envío un proyecto a
la Legislatura para modificar esa norma, y fue aprobado tanto por Diputados
como por el Senado mendocino el pasado viernes.
Fue además con un margen amplio: en el Senado hubo 28 votos a
favor y 7 en contra, y en Diputados fue 26 a 11. Es que el radicalismo obtuvo
el apoyo del PJ local, que acompañó el proyecto.
Los puntos más destacados son los siguientes:
Una de las principales modificaciones es que permite el uso
de sustancias químicas para las explotaciones mineras. Se pueden utilizar
cianuro y ácido sulfúrico. Allí radica uno de los mayores conflictos, por el
potencial problema que podría generar a los recursos hídricos. Es que Mendoza
no es una provincia más para esta cuestión: ubicada en una zona muy seca, su
población tiene un vínculo especial con el agua y su conservación.
Por eso es que, tras la aprobación de la modificación de la
ley 7722 en la Legislatura, comenzaron las protestas de la población. Partieron
ayer desde distintos puntos de la provincia para llegar a la capital. Hubo
protestas que se originaron en San Carlos, uno de los principales bastiones
contra la explotación minera. Esta ciudad está 100 kilómetros al sur de la
capital, y desde allí caminaron toda la noche.
La mayor concentración se realizó esta mañana, cuando miles
de personas se congregaron frente a la Casa de Gobierno. El mayor reclamo era
al gobernador Suárez, para que vete la ley.
Por el momento no hay señales en ese sentido. Es que no solo
fue una de sus promesas de campaña, sino que destinó grandes esfuerzos en
lograrlo. Incluso se reunió con Alberto Fernández la semana pasada y fue uno de
los temas de conversación. El presidente se mostró en más de una oportunidad a
favor de la explotación minera y estuvo a favor de esta iniciativa, lo mismo
que el PJ mendocino.
Mientras, desde el gobierno mendocino quieren dar la pelea
para seguir adelante con la nueva regulación. Buscan instalar la idea de que se
puede llevar a cabo la actividad minera y cuidar el medio ambiente. Y también
señalan que otras actividades, como la agricultura, desperdician más agua que
la minería por la ineficiencia.
El presidente de Diputados, Andrés Lombardi, aseguró esta
mañana que la ley se va a promulgar, ya que contó con un amplio consenso en
todo el arco político, empresarial y científico, en diálogo con Radio Nacional
Mendoza.
Una de las cuestiones que se negoció en la Legislatura antes
de la modificación en la ley es requerir que exista “consenso social para
llevar a cabo la explotación minera. En este sentido, se cree que en Malargüe,
en el sur de la provincia, es la única zona en donde la población ve con buenos
ojos que se avance en la actividad.
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